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Como abogado y administrador de fincas, Javier Espín comenta que para que la reclamación a morosos tenga éxito hay que basarse en un sistema contable que permita contabilidad los ingresos como entregas a cuenta.
De esta forma el “moroso profesional” no trate de liar indicando que sus pagos son de otros recibos, sino que se suma el total de recibos facturados y los pagos efectuados.
Además hay que tener mucho cuidado con la prescripción de las acciones, puesto que es de 5 años, y conviene interrumpir dicha prescripción con el envío de notificaciones fehacientes, para que vuelva a correr dicho plazo.
La deuda y el detalle de la deuda tiene que estar aprobada en un acta de la junta de propietarios, a una fecha determinada, es lo que se conoce como “liquidación de la deuda”.
Con esos requisitos se puede entablar la demanda de juicio monitorio, y si el propietario demandado no contesta en 20 días, la comunidad tiene un título habilitante para poder presentar demanda de ejecución.
En la demanda de ejecución se señalarán los bienes del demandado, y si son suficientes se embargarán.
Si no son suficientes se recomienda siempre hacer una anotación preventiva de embargo en el registro de la propiedad para que si se vende la vivienda se pague la deuda.